Todos los que contamos con un vehículo en propiedad debemos hacer frente al impuesto de circulación, pues se trata de un tributo de carácter obligatorio. Si bien, ¿qué es el impuesto de circulación?
Pues bien, el impuesto de circulación que formalmente se denomina como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y tiene como objetivo gravar la titularidad de los vehículos que están matriculados en nuestro país y que pueden circular por la vía pública. Se trata de un impuesto existente en nuestro país desde el año 1990 y los encargados de su recaudación son los ayuntamientos.
Es importante saber a qué vehículos les corresponde el pago de este impuesto. Pues bien, como hemos mencionado, a todos los vehículos que puedan circular por la vía pública. Sin embargo, existen excepciones como pueden ser los vehículos oficiales, los de servicio sanitario, los adaptados al transporte público urbano que cuenten con más de nueve plazas o los que sean titulares de personas con movilidad reducida.
Hoy, desde Mejores Seguros Online te explicamos cómo se calcula este impuesto y dónde y cómo se paga.
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¿Cómo se Calcula el Impuesto de Circulación?
El impuesto de circulación se abonará, tal y como se ha mencionado, en el ayuntamiento donde el vehículo estuviera registrado, es decir, en el domicilio fiscal donde conste dicho vehículo. Si bien, el pago, una vez se hubiera notificado por parte del ayuntamiento competente, se podrá hacer mediante domiciliación, en alguna entidad bancaria o por vía online o telefónica. Incluso se puede delegar dicha responsabilidad en otra persona acudiendo al servicio de gestoría del RACE.
Pasos a seguir para el cálculo del impuesto de circulación
Es importante conocer el cuadro de tarifas que hubiera establecido el ayuntamiento, pues la cuota dependerá, además del ayuntamiento en el que tengamos nuestro domicilio fiscal, el tipo de vehículo o su clasificación, atendiendo a elementos diferentes para dicha clasificación.
Por ejemplo, en el caso de vehículos o tractores, se atenderá a los caballos fiscales para determinar la cuota. Sin embargo, en el caso de camiones o remolques, será la carga útil. En el caso de motocicletas, serán las cilindradas y para los autobuses, el número de plazas.
Conocer las bonificaciones fiscales que establece el ayuntamiento
Es importante conocer de antemano cuáles son las posibles bonificaciones aplicables según el ayuntamiento competente en cada caso, permitiendo disminuir la cuota hasta, incluso, hacerla 0.
Por ejemplo, por determinadas características medioambientales se puede reducir la cuota hasta en un 75% si se trata de vehículos eléctricos, es decir, esta bonificación dependerá del tipo de motor y de carburante. Si bien, también se puede dar la posibilidad de aplicar una exención del 100% de la cuota para el caso de vehículos históricos o de una antigüedad superior a veinticinco años.
Las gasolineras low cost pueden ser atractivas para ahorrar en combustible, pero es importante considerar cómo afectan al impuesto de circulación. Al reducir el gasto en combustible, también se disminuye la huella ecológica, lo que puede resultar en una posible reducción del impuesto para vehículos más eficientes.
También existen casos en los que se aplica la exención del impuesto, como hemos mencionado anteriormente, evitando con ello el pago del tributo que nos ocupa.
Es importante también conocer que, los ayuntamientos, podrán elevar la cuota hasta un 2%, pudiendo establecerse dicho porcentaje atendiendo a la clasificación efectuada en función del tipo de vehículo.
Acceder al portal del ayuntamiento y proceder al pago
Una vez conocidos tanto el cuadro de tarifas como las posibles bonificaciones aplicables, debemos acceder a las ordenanzas municipales del ayuntamiento y ver, en función de las características del vehículo y el lugar del domicilio fiscal, cuál será la cuota que nos corresponde pagar.
Por ejemplo, en el caso de Madrid, si contamos con un turismo que tenga menos de 8 caballos fiscales, deberemos pagar una cuota de 20 euros. Sobre dicha cuota se deberá aplicar la bonificación que, en cada caso, debemos conocer previamente.
Sin embargo, si contáramos con un tractor de menos de 16 caballos fiscales, la cuota a pagar será de 32 euros. O si, por el contrario, contáramos con una motocicleta de hasta 125 centímetros cúbicos, ya la cuota será únicamente de 7 euros.
El pago online del impuesto de circulación
No todos los ayuntamientos permiten que se realice el pago online del impuesto de circulación, sin embargo, son muchos los que sí lo permiten, como podría ser el ayuntamiento de Madrid. Para efectuar el pago online, en aquellos ayuntamientos que lo permitan, se deberá hacer en la página web del ayuntamiento en cuestión hasta un máximo de 20 horas antes de que el periodo voluntario de pago del impuesto finalice.
Se podrá hacer mediante certificado digital, con tarjeta de crédito o de débito o mediante la banca electrónica.
El pago del impuesto sin recibo
Lo normal es que, previamente, el ayuntamiento envíe una carta de pago o un recibo del impuesto. Sin embargo, si no se hubiera recibido por cualquier caso, será necesario solicitar un duplicado del mismo, pudiéndose hacer a través de la página web del ayuntamiento o la propia oficina del ayuntamiento donde conste nuestro domicilio fiscal.
Al evaluar opciones de un seguro de coche, considera aquellos que puedan reducir el importe del impuesto de circulación, como aquellos que promuevan la conducción ecológica. Un seguro de automóvil bien diseñado puede brindarte cobertura para posibles multas relacionadas con este impuesto. Asimismo, es vital comprender cómo ciertas coberturas, como la asistencia para el mantenimiento del vehículo, pueden influir en tus gastos generales y ahorrarte dinero a largo plazo.
Como todos sabemos, contratar un seguro de coche es obligatorio en el momento en que tenemos un vehículo. Por ello, desde el portal de Mejores Seguros Online podemos conocer cuáles son los mejores seguros online que encontramos en el mercado, facilitando la búsqueda de aquel que mejor se adapte a nuestras exigencias.
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